Decreto Supremo 5595 – Programa “Tranca Cero”

  • Establece la “política pública nacional de desregularización, simplificación administrativa y optimización normativa, destinada a eliminar barreras burocráticas injustificadas y modernizar la actuación del órgano ejecutivo para facilitar su derecho, servicio o actividad económica”.
  • Aplicable a todas las instituciones públicas en general.
  • Se crean las siguientes instancias y condiciones:
      • Comité Interministerial
      • Catalogo Nacional de Trámites del Organo Ejecutivo
      • Digitalización, Interoponibilidad y Automatización de trámites
      • Ranking de simplificación Regulatoria del Estado
      • Sistema Digital “Reporta tu Tranca”
      • Certificación “Tranca Cero”

 

  • Únicamente se deberá solicitar la presentación de Cédula de Identidad, no fotocopias, para realizar trámites.
  • Los certificados de nacimiento solamente podrán ser solicitados en caso de requerirse verificar indispensablemente la filiación, parentesco o el origen registral de la persona, en cualquier otro caso bastará con la presentación de la Cédula de Identidad.

El Decreto Supremo 5595 se encuentra vigente conforme a los plazos y periodos establecidos en su texto.

 Contactos y más información

Para más información sobre el contenido del Decreto Supremo 5595, así como para identificar los alcances normativos aplicables, nuestro equipo se encuentra disponible para:

  • Absolver consultas específicas sobre la aplicación del Decreto;
  • Brindar acompañamiento en la revisión del impacto normativo en operaciones, trámites o contrataciones; y
  • Asistir en la adecuación legal a las disposiciones y regímenes previstos en la norma.

Para coordinar una reunión o realizar consultas, puede contactarse con nuestro equipo legal: abogados@baqsn.bo