Alerta Normativa – Gestora del Sistema de Acceso a la Justicia y Registro Público de la Abogacía

Decreto Supremo Nº 4896 de fecha 22 de marzo de 2023
Gestora del Sistema de Acceso a la Justicia y Registro Público de la Abogacía

Se crea la Gestora del Sistema de Acceso a la Justicia y Registro Público de la Abogacía
(Gestora SAJ-RPA), dependiente del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.

En relación al acceso a la justicia son funciones de la Gestora SAJ-RPA:

• Canalizar las solicitudes de acceso a la justicia y, si corresponde, prestar servicios
integrales de justicia;
• Establecer, regular y administrar la Red Interinstitucional de Acceso a la Justicia;
• Implementar mecanismos operativos y tecnológicos que faciliten la gestión,
integración, derivación y atención adecuada de los servicios integrales de justicia al
interior de la Red;
• Gestionar e implementar mecanismos de interoperabilidad con entidades públicas y
privadas para el adecuado funcionamiento de la Red;
Monitorear y evaluar la prestación de servicios de las entidades que forman parte de
la Red;
• Hacer seguimiento a la demanda de servicios integrales de justicia a nivel nacional
para la aplicación de medidas que permitan su atención adecuada y oportuna;
• Coadyuvar en el desarrollo de soluciones tecnológicas para la modernización de los
procesos institucionales y de gestión, así como los servicios públicos, a fin de
incrementar su eficiencia, transparencia y accesibilidad, en el marco del acceso a la
justicia y las políticas de gobierno electrónico vigentes;

En relación al Registro Público de la Abogacía son funciones de la Gestora SAJ-RPA:

Administrar el Registro Público de la Abogacía;
• Gestionar los mecanismos y procesamientos de denuncias por faltas a la ética de la
abogacía;
• Verificar que los abogados y abogadas posean formación y experiencia,
precautelando la función social del interés público;
• Establecer acciones y mecanismos de capacitación y actualización para abogados y
abogadas;
• Generar los medios e instrumentos para el cumplimiento efectivo de la Ley Nº 387
“Del ejercicio efectivo de la Abogacía” del 09 de julio de 2013.

El Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional en un plazo no mayor a noventa
(90) días calendario, computables a partir de la publicación del DS debe establer la
estructura y los reglamentos operativos para el funcionamiento de la Gestora SAJ-RPA
mediante Resolución Ministerial.