Decreto Supremo 5563 – Incentivo a la reinversión de utilidades en Bolivia y otros beneficios fiscales

Mediante Decreto Supremo 5563 emitido el 2 de marzo de 2026 se reglamenta el beneficio impositivo otorgado por la Ley 1613 (Presupuesto General del Estado Gestión 2025, de 1 de enero de 2025) en el caso de reinversión de utilidades para destinarlas a actividades económicas, estableciendo que los socios y accionistas de las empresas domiciliadas en el país y los de sucursales de compañías extranjeras que reinviertan, total o parcialmente, sus utilidades o dividendos obtenidos en el Estado Plurinacional de Bolivia, estarán exentos del pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – Beneficiarios del Exterior – IUE-BE, cuya alícuota es del 12,5%, en las siguientes condiciones.

  1. ¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
  • Socios o accionistas domiciliados en el exterior de empresas establecidas en Bolivia que reinviertan sus dividendos mediante capitalización en la misma empresa.
  • Las empresas o compañías extranjeras con sucursales establecidas en el país, que reinviertan mediante capitalización sus utilidades de fuente boliviana en la misma sucursal.

En ambos casos, la reinversión debe realizarse en activos, inventarios o inversiones vinculadas directamente a la actividad económica de la sociedad o sucursal boliviana.

  1. ¿Cómo debe realizarse la reinversión?
  • Registrar las utilidades o dividendos reinvertidos en una cuenta de reserva patrimonial, destinada exclusivamente a financiar activos fijos, inventarios o inversiones productivas o de servicios relacionadas con el giro del negocio.
  • Utilizarlas hasta el cierre de la gestión fiscal siguiente a aquella en la que se generaron dichas utilidades o dividendos.
  1. ¿Qué pasa con la parte que no se reinvierte?

El Decreto fija retenciones progresivas del IUE‑BE sobre la porción de utilidades o dividendos no reinvertida, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Porcentaje de reinversión de utilidadesIUE-BE aplicado a la porción no reinvertida
Igual o mayor a 75%3,125%
50% a 74,99%6,250%
25% a 49,99%11,250%

Si posteriormente la reserva patrimonial se distribuye sin ser efectivamente reinvertida, deberá pagarse el tributo omitido como Deuda Tributaria, conforme al Código Tributario.

  1. Otros incentivos complementarios
  • Depreciación acelerada para activos fijos adquiridos durante la gestión 2026, aplicando la mitad de los años de vida útil (no aplicable para empresas extractivas mineras e hidrocarburíferas).
  • Deducibilidad de las previsiones de los créditos incobrables para el periodo establecido en el Decreto.
  • Las personas naturales que ejerzan profesiones u oficios de forma libre e independiente podrán tomar como crédito fiscal las compras de bienes y servicios por gastos personales (compra de alimentos, vestimenta, transporte, capacitación, salud, otros) y de su entorno familiar en primer grado de consanguineidad y cónyuge.
  • Actualizaciones y ajustes arancelarios al Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) para determinadas bebidas y vehículos.
  • Elimina la restricción establecida en el año 2025 mediante la cual se condicionaba la compensación del IUE con el IT, únicamente cuando el IUE era pagado “hasta la fecha de su vencimiento”.
  • Las empresas unipersonales quedan incluidas entre los sujetos pasivos que pueden acceder a los beneficios fiscales y a las condiciones establecidas para los procesos de reorganización empresarial, en lo que respecta al IVA, IT e IUE.

El Decreto Supremo 5563 se encuentra vigente conforme a los plazos y periodos transitorios establecidos en su texto.

Contactos y más información

Para más información sobre el contenido del Decreto Supremo 5563, así como para identificar los alcances normativos aplicables, nuestro equipo se encuentra disponible para:

  • Absolver consultas específicas sobre la aplicación del Decreto;
  • Brindar acompañamiento en la revisión del impacto normativo en operaciones, contratos y estructuras vigentes; y
  • Asistir en la adecuación legal a las disposiciones y regímenes previstos en la norma.

Para coordinar una reunión o realizar consultas, puede contactarse con nuestro equipo legal: abogados@baqsn.bo